La creación de empresas por internet te ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL), de Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) y Empresario Individual a través de medios telemáticos.
Si estás pensando en crear una empresa, tienes que tener en cuenta que para llevar a cabo tu proyecto, el primer paso que debes realizar es cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE).
En el caso de las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) y de las Sociedades Limitadas Nueva Empresa (SLNE), los únicos desplazamientos que tendrás que realizar son al Punto de Atención al Emprendedor (PAE) correspondiente (si eliges esta opción) y a la notaría.
Además, previo al inicio de la tramitación, en el caso de las Sociedades de Responsabilidad Limitada necesitarás la certificación negativa del nombre solicitada en el Registro Mercantil Central.
Una vez iniciado el trámite, podrás consultar a través de Internet, y previa autentificación, el estado del expediente. Así, si lo deseas, recibirás a través de tu teléfono móvil mensajes comunicándote la finalización de los trámites más significativos.
Para la modalidad Empresario Único, el único desplazamiento a realizar es al PAE correspondiente (si lo consideras necesario).
Para constituir una SL o una SLNE tendrás que realizar los siguientes trámites
Antes de comenzar el proceso en internet deberás realizar la Reserva de la Denominación Social (ésta sólo se realiza en el caso de las SL). Para ello, debes aportar la certificación negativa del nombre, es decir, la justificación de que la denominación social de la futura SL no está ni asignada, ni reservada por otra sociedad.
Con dicha certificación, tendrás que cumplimentar el DUE y, posteriormente, deberás acudir al notario, para que anexe dicha certificación a las escrituras de la sociedad.
Además, para crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) o una Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) debes disponer de un certificado bancario que indique que alguno de los futuros socios de la sociedad ha hecho una aportación dineraria, en concepto de capital social de la empresa. Este capital social limita la responsabilidad de la Sociedad.
Una vez realizados estos pasos, comenzarás el proceso a través de internet y, para ello, deberás cumplimentar Documento Único Electrónico (DUE).
Una vez enviado el DUE al sistema de tramitación telemática (STT-CIRCE), deberás acudir a la notaría para el otorgamiento de la escritura de constitución.
Para el otorgamiento de la escritura de constitución, el STT-CIRCE envíará los datos del DUE firmados electrónicamente a la notaría.
Cuando acudas a la notaría, según la cita concertada, deberás aportar el certificado de desembolso del capital social y el certificado de la denominación social si lo has obtenido directamente del Registro Mercantil Central. Con estos documentos se procede al otorgamiento de la escritura pública de la sociedad.
En cuanto a la solicitud del NIF provisional, la Administración Tributaria, con la información suministrada por la notaría (a través del STT-CIRCE) envíará el NIF provisional.
De esta manera, una vez la Agencia Tributaria ha facilitado el NIF provisional, se le comunica la Declaración Censal a la Administración Tributaria competente, procediendo a la realización del Alta Censal.
Por otro lado, tienes que tener en cuenta que la constitución de sociedades está actualmente exenta del pago el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD), sin embargo, es necesaria la obtención del justificante del Impuesto (Modelo 600) por parte de la Comunidad Autónoma pertinente.
Respecto a la inscripción en el Registro Mercantil Provincial, el Registrador Mercantil realiza la calificación de la Sociedad y la inscribe en el Registro.
Para ello, previamente habrá recibido del STT-CIRCE el certificado de la Denominación Social y la certificación negativa del pago del ITP/AJD, así como el NIF asignado.
Finalmente el Registro Mercantil Provincial enviará los datos de la resolución de inscripción firmados electrónicamente al STT-CIRCE para que continúe la tramitación.
Más adelante, en relación a los trámites de la Seguridad Social, el DUE se envía a la Tesorería General de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina (TGSS/ISM), para generar los códigos de Cuenta de Cotización, afiliar en su caso y dar de alta a los socios y a los trabajadores de la empresa, si los hubiere.
Los trámites de Seguridad Social se pondrán en marcha a través del STT-CIRCE una vez que en la notaría se otorgue la escritura y se reciba el NIF provisional de la Administración Tributaria.
En cuanto a la expedición de la Escritura inscrita, la notaría recibe la información del Registro Mercantil Provincial e incorpora a la matriz de la escritura los datos de la resolución de inscripción registral.
Para la solicitud del NIF definitivo de la sociedad, la Administración Tributaria confirmará el NIF definitivo al STT-CIRCE, para lo cual se te remitirá previamente una copia autorizada de la Escritura inscrita.
De este modo, la Administración Tributaria, te notificará la finalización del proceso y te remitirá el NIF definitivo al domicilio fiscal de la sociedad.
Otros trámites que también deberás realizar
Tendrás que realizar la inscripción de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos. Por ley, las empresas están obligadas a notificar a la Agencia Española de Protección de datos la posesión de ficheros con datos de carácter personal (la inscripción en la Agencia de Protección de datos de estos ficheros deberás realizarla siempre que lo hayas solicitado en el formulario del DUE).
También tendrás que realizar la solicitud de reserva de marca o nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
La solicitud de reserva de marca o nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), se realiza desde el STT-CIRCE si así lo deseas.
Una vez realizada la solicitud, la Oficina Española de Patentes y Marcas continuará con el procedimiento administrativo necesario para el registro del signo distintivo.
Por otro lado, deberás hacer la solicitud de licencias en el ayuntamiento y, además, deberás comunicar los contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal.
Y, por último, tendrás que comunicar la apertura del centro de trabajo y la obtención y legalización de los libros.
La documentación que necesitarás
Original y fotocopia del DNI de todos los socios y trabajadores si los hubiere.
Original y fotocopia de la Tarjeta de la Seguridad Social de todos los socios y trabajadores, u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad social.
Certificación negativa de la denominación social (sólo SL), es decir, un certificado que acredite que no existe ninguna otra sociedad con el mismo nombre de la que se pretende constituir.
Por otro lado, no te olvides de los siguientes pasos: un documento que detalle la actividad económica (AE), los datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial (incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono), los porcentajes de participación en el capital social y, en su caso, indicación de la condición de administradores.
Además, para la adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, tendrás que presentar la base de cotización elegida y la Mutua de AT-EP.
En el aspecto económico, a las SL se les requerirá información para realizar el pago al Registro Mercantil Provincial (RMP).
A las SLNE, además de la información para el RMP, se le requirirá información para registrar los pagos en el Registro Mercantil Central (RMC).
En los dos casos, si el administrador debe darse de alta como autónomo, también deberá aportar un número de cuenta bancaria para realizar la domiciliación de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Constituir la empresa como Empresario Individual
En el caso de que quieras constituir la empresa como Empresario Individual, el primer paso es la cumplimentación del DUE con todos los datos necesarios para la tramitación.
El Documento Único Electrónico una vez cumplimentado, inicia la tramitación telemática. A partir de este momento, el sistema de tramitación telemática (STT-CIRCE) envía a cada organismo interviniente en el proceso vía Internet, la parte del DUE que le corresponde para realizar el trámite de su competencia.
En cuanto a los trámites en la seguridad Social, éstos se ponen en marcha través del STT-CIRCE cuando se haya enviado el DUE. El DUE se envíará a la Tesorería General de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina (TGSS/ISM), para generar los códigos de cuenta de cotización, afiliar en su caso y dar de alta al empresario y a los trabajadores del empresario individual, si los hubiere.
De este modo, la TGSS/ISM devuelve al STT-CIRCE los códigos de cuenta de cotización; si procede, los números de afiliación de socios y trabajadores y, por último, dará de alta a los mismos.
En cuanto a la comunicación del inicio de la actividad a la Agencia Tributaria, en el momento en el que se envía el DUE, también se comunica el inicio de actividad del empresario individual a la Administración Tributaria competente, mediante el envío de la Declaración Censal.
Después, por ley, las empresas están obligadas a notificar a la Agencia Española de Protección de datos la posesión de ficheros con datos de carácter personal.
También deberás realizar la solicitud de reserva de marca o nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Otro paso que tendrás realizar es la solicitud de licencias en el ayuntamiento y, por otro lado, la comunicación de los contratos de trabajo al servicio Público de Empleo Estatal.
En relación a los trámites que necesitarás para constituir un empresario individual, figuran, al igual que ocurre con las SL y las SLNE, la comunicación de la apertura del centro de trabajo y la obtención y legalización de los libros.
Respecto a la documentación, necesitarás: original y fotocopia del D.N.I. del empresario y de los trabajadores si los hubiera y original y fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social del empresario y de los trabajadores, si los hubiera, u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad social.
También tendrás que detallar la actividad económica (AE), los datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial (incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono) y, para la adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, la base de cotización elegida y la Mutua de AT-EP.